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LO QUE NECESITAS SABER DEL DECRETO QUE PROHIBE LAS REUNIONES SOCIALES POR 15 DÍAS

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El DNU publicado este lunes en el Boletín Oficial establece -entre otros puntos- la prohibición de la realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a diez (10) personas, y se menciona que los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a dos (2) metros, y en lugares con ventilación adecuadas.

También quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación. En el anuncio oficial del último viernes, Alberto Fernández había adelantado que quienes violen el aislamiento deberán enfrentar consecuencias penales por “favorecer la transmisión de una enfermedad”.

Misma restricción será para la práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes. Los mismos deberán realizarse, preferentemente en lugares abiertos, o bien respetando los dos metros de distancia.

Los cines, teatros, clubes, centros culturales, el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, y el turismo, tampoco pueden volver a la actividad.

Estas restricciones están vigentes a partir de hoy inclusive en las zonas del país donde la cuarentena no es tan estricta y funciona lo que se denominó Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Es decir, todo el territorio argentino con excepción de la ciudad de Buenos Aires, los 35 distritos bonaerenses que componen el Área Metropolitana, la provincia de Jujuy, tres departamentos de La Pampa, y el departamento de Río Grande, en Tierra del Fuego, según el texto del decreto.

Las clases presenciales permanecerán suspendidas en todos los niveles y en todas sus modalidades hasta tanto se disponga el reinicio de las mismas en forma total o parcial, progresiva o alternada, y/o por zonas geográficas o niveles o secciones o modalidades, previa aprobación de los protocolos correspondientes. Esto rige, inclusive, en las zonas del país donde hay Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

La medida se extenderá por 14 días, de acuerdo a lo informado en rueda de prensa por las ministras de Salud Pública, Rossana Chahla; de Gobierno y Justicia, Carolina Vargas Aignasse, y el titular de Seguridad, Claudio Maley.

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